Telefónicamente las 24 hs. de forma gratuita 0800 888 8080
Denuncia ahora de manera online, robos, hurtos y daños
Hace tu denuncia presencial ahora, ingresá aqui para conocer más como es el trámite
Aquí podrás encontrar un resumen de los delitos, contravenciones y faltas que se pueden denunciar en el MPF
22/07/2016
La Sala Penal del TSJ hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el Fiscal de Cámara de la ciudad de Laboulaye y anuló el debate y la sentencia absolutoria de Gustavo Ernesto Bertolotti -dictada en un juicio celebrado con jurados populares- que se llevó a cabo ante la Cámara en lo Criminal y Correccional de esa ciudad, en el marco de la causa en la que se encuentra imputado como coautor del delito de robo agravado por el resultado mortal.
El Tribunal de Juicio fundamentó la absolución de Bertolotti al considerar que su participación en el hecho -objeto de la acusación- no se encontró acreditada con el grado de certeza requerido por la ley procesal, evidenciándose por consiguiente, la existencia de duda en orden a tal extremo.
El hecho sucedió en octubre del año 2008, oportunidad en que Gustavo Bertolotti junto con un hermano y otro cómplice, habrían ingresado, por el patio, a la vivienda donde residía el matrimonio de Anselmo Carrera (77 años) y Dominga Rosso (70 años), a los que maniataron y amordazaron, provocando la muerte por sofocación de la mujer, a pocas horas del asalto.
La resolución del máximo tribunal de la provincia se produjo luego de que el Fiscal General sostuviera el recurso interpuesto por el fiscal del juicio. El representante del Ministerio Público Fiscal señaló que, los jueces omitieron valorar elementos probatorios arribados al proceso de carácter dirimente, sin justificación suficiente, lo cual trae aparejado, el carácter arbitrario de la sentencia cuestionada.
En concordancia con lo sostenido por el MPF, el TSJ entendió que ha quedado claramente acreditada la fundamentación omisiva de la absolución, ya que un minucioso análisis de los fundamentos del fallo demuestra que la conclusión absolutoria se asentó en una valoración omisiva de las pruebas de la causa, ya que no se analizó -de forma conjunta- la totalidad de indicios incriminatorios existentes en el caso, lo que habilita su anulación.
En síntesis, el Tribunal Superior declaró la nulidad del juicio y del fallo absolutorio de Gustavo Ernesto Bertolotti y dispuso reenviar la causa a la Cámara en lo Criminal de la ciudad de Villa María, para su nuevo juzgamiento conforme a derecho.