Fiscalía General de la Provincia
(0351) 4481000 – 4481600
Caseros 551 – 1° piso - CP 5000 - Córdoba. © 2017 mpfcordoba.gob.ar


TÍTULO 34: INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 52 DEL CÓDIGO PENAL

Instrucción General N° 7/2007. Fiscales de Cámara. No solicitar la aplicación de la medida contenida en el art. 52 del Código Penal. Inconstitucionalidad.

Buscador: