Fiscalía General de la Provincia
(0351) 4481000 – 4481600
Caseros 551 – 1° piso - CP 5000 - Córdoba. © 2017 mpfcordoba.gob.ar

Elevan a juicio la segunda causa contra el ex intendente de Pilar, Diego Bechis, junto a otros cuatro acusados

06/11/2019

La Fiscal de Instrucción de Río Segundo, Patricia Baulies solicitó la citación a juicio en contra de Diego Bechis, (supuesto autor de asociación ilícita, coautor de estafa reiterada por abuso de confianza, coautor de defraudación por administración fraudulenta calificada en perjuicio de la Municipalidad de Pilar en concurso ideal con abuso de autoridad,  todo en concurso real) ; Cristian Moyano (supuesto autor de asociación ilícita, coautor de estafa por abuso de confianza reiterada, partícipe necesario de defraudación por administración fraudulenta calificada perjuicio de la Municipalidad de Pilar; Carlos Biagiola (supuesto autor de asociación ilícita, coautor de estafa por abuso de confianza reiterada , partícipe necesario de defraudación por administración fraudulenta calificada en perjuicio de la Municipalidad de Pilar en concurso ideal con autor de abuso de autoridad; Marcos Bechis (supuesto coautor de estafa reiterada , y coautor de defraudación por administración fraudulenta calificada en perjuicio de la Municipalidad de Pilar en concurso ideal con abuso de autoridad; y Juan Pablo Risso (supuesto autor de estafa agravada reiterada  y partícipe necesario de defraudación por administración fraudulenta calificada. Todos vinculados al supuesto engaño y abuso de confianza desplegado por los imputados en contra de los beneficiarios del plan de viviendas VICOM. La fiscal entiende que «la Municipalidad  – bajo la administración de Diego Bechis como intendente- engañosamente le mostró a la gente que se trataba de un plan (de viviendas) Municipal, asumió –sabiendo que no lo iba a cumplir- la obligación de controlar el cumplimiento todos los pasos administrativos, constructivos, de proyectos y comunicaciones y demás aspectos que estimare de su competencia; como así también de aportar la estructura jurídica de la Municipalidad para el control del cobro de las cuotas».  Asimismo, sostiene que «los sucesos demostraron que todas estas cláusulas y obligaciones asumidas por la Municipalidad de Pilar y aceptadas por el imputado Risso (por la empresa constructora), no tuvieron otro fin que la intención de revestir al convenio de una aparente legalidad que no tenía, y de ese modo ganarse la confianza de la gente para que ingrese al plan. Según se señala, «surge de la prueba que la Municipalidad de Pilar, léase el Intendente, el secretario de finanzas y el asesor letrado, omitieron deliberadamente y de acuerdo a lo acordado, todo tipo de control sobre su socio Juan Pablo Risso ( Carlos Biagiola – concejal-  incluso sustrajo al convenio de análisis por parte de los concejales de la oposición, forzando su aprobación sobre tablas). Falta de control que ha quedado acreditados por distintos medios, y se tradujo a lo largo del tiempo en un claro perjuicio económico para los adherentes.»

Perjuicio Patrimonial

Tambien se observa desde la fiscalía, y por la valoración de la prueba, «el perjuicio patrimonial de los adjudicatarios que  recibieron sus casas de manos del imputado Juan Pablo Risso, indudables y graves defectos de construcción. Por errores evitables y dolosos,  previos a la construcción y concomitantes a ella, consistente los primeros, en no haber realizado un estudio de suelo que les permita conocer la tierra sobre la cual se construiría y por ende prever el tipo de fundación necesaria para garantizar la estabilidad de la vivienda.» Incluso se indica que según «surgió de la pericia oficial, las fundaciones realizadas en las treinta cuatro casas que se entregaron, resultan insuficientes, tanto porque los pilotines son poco profundos, como porque las vigas utilizadas tampoco eran las adecuadas. Además también refieren los peritos oficiales que no se ha proyectado y por ende realizado un plan de evacuación de aguas pluviales, que evite el anegamiento de agua en las fundaciones, sobretodo.» Y agrega: «esto sumado a lo anterior traen como consecuencia el riesgo cierto de colapso de las viviendas (veremos en la pericia que algunas ya han comenzado a colapsar, con hundimientos de vereda, torcimiento de ventanas, grietas activas, etc.), lo que significa también que los imputados Diego Bechis, Cristian Moyano, Marcos Bechis, Martín Biagiola y Juan Pablo Risso cada uno con el aporte que se analizó más arriba, en su división de tareas, les hicieron firmar a los adjudicatarios un contrato de prestaciones recíprocas en el que a través del imputado Juan Pablo Risso y su empresa ( vaciada dolosamente), Algarrobo de Pilar SRL, se obligaron a entregar una vivienda familiar de 54 meteros; entregándoles en cambio, sabiendo que lo hacían, una vivienda que no sólo no estaba en condiciones de habitabilidad, sino que además pone en riesgo cierto su persona y sus bienes». Por último cabe señalar que de esta misma causa, en junio de 2019, se elevo a juicio el supuesto “vaciamiento de empresa doloso” de Algarrobo de Pilar SRL, con Juan Pablo Risso como socio gerente,  que es la empresa con la que  hicieron firmar los contratos a los adjudicatarios.