Lugares y horarios de atención:
- En las Unidades Judiciales, que se encuentran ubicadas en todo el territorio provincial, durante las 24 hs., los 365 días del año.
- En las Fiscalías de Instrucción de cada sede judicial, de lunes a viernes de 8.00 a 14.00 hs.
Información de interés:
Toda persona que tenga noticia de la existencia de un delito o que haya sufrido un hecho que cree que es delictivo, puede denunciarlo -en forma verbal o por escrito- directamente ante el Fiscal de Instrucción o en las Unidades Judiciales.
La Denuncia es un medio para la protección de los ciudadanos ante el delito y de colaboración con la administración de justicia.
La ciudad de Córdoba cuenta con Unidades Judiciales y Fiscalías de Instrucción especializadas que intervienen en aquellos hechos que en razón de su tipología, características, trascendencia y particularidad, requieren una especial preparación para su investigación. Ej: Hechos delictivos relacionados con la Violencia Familiar, la Integridad Sexual, el Narcotráfico, las Estafas, los Accidentes de Tránsito, etc.
Recuerde siempre que:
- Formular una denuncia no tiene costos.
- Efectuada la denuncia, le será entregada una constancia.
- Como denunciante, tiene responsabilidad por el delito de Falsa Denuncia (art. 245 del Código Penal).
- En caso de ser víctima, puede constituirse en Querellante Particular y/o Actor Civil, cuestiones que le serán explicadas cuando formule la denuncia.
- La denuncia es irretractable. Por ende, la denuncia que se formuló continúa su curso procesal, independientemente de la voluntad del denunciante o de la víctima.
- El extravío o la pérdida de objetos, no constituye un delito. Si desea poner en conocimiento dicha situación, deberá realizarlo en la dependencia policial más cercana, donde le receptarán una exposición.
¿Qué documentación llevar?
- Deberá concurrir –en lo posible- con un documento que acredite su identidad.
- Es conveniente también que acerque toda la documentación o pruebas que posea sobre el hecho que desea denunciar.
¿Quiénes pueden denunciar?
- La denuncia puede ser efectuada por cualquier persona.
- Nadie puede ser impedido de formular una denuncia.
- En el caso de algunos delitos (Ej. abuso sexual, lesiones leves, impedimento de contacto de los hijos menores con sus padres no convivientes), resulta necesario que la víctima -si es mayor de 18 años de edad- o sus representantes legales -si tiene menos de 18 años de edad- manifiesten la voluntad expresa de que el hecho denunciado sea investigado. En éstos supuestos, sólo procederá a investigar de oficio el fiscal cuando el delito fuere cometido contra un menor de 18 años que NO tenga padres, tutores o guardadores, o que el delito haya sido cometido por algunos de éstos.
Para mayor información:
Oficina de Atención Ciudadana
- El Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, cuenta con un espacio de orientación y acompañamiento para todos los ciudadanos que concurren a los Tribunales Provinciales.
- La Oficina atiende al público de lunes a viernes entre las 8 hs. y las 18 hs.
- Allí, se pueden realizar consultas personalmente, en calle Bolívar N° 250, Ciudad de Córdoba, por teléfono: 0351-4481000 int. 10091, o por correo electrónico atencionciudadana@justiciacordoba.gob.ar.
Fiscalías de Instrucción






