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22/08/2016
El pasado viernes 19 de agosto, la justicia provincial de la ciudad de Río Tercero condenó a C.C.G, de 40 años de edad, a la pena de 10 años prisión, por haber abusado sexualmente de su hija de 14 años de edad, a quien obligaba a practicarle sexo oral.
El acusado C.C.G. fue denunciado en agosto del 2015 por su esposa -madre de la niña-, quien dio cuenta del sometimiento sexual del cual era víctima la menor y que lo venía sufriendo desde hace 8 meses aproximadamente.
Si bien la acusación con la que se inició el Juicio fue la de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado”, luego con el desarrollo del debate, el fiscal de la Cámara del Crimen de esa ciudad, Gustavo Martin, entendió que la prueba producida e incorporada en el proceso era suficiente para hacer variar la calificación legal inicial y por ello, en el alegato de clausura, acusó formalmente a C.C.G. por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la relación de convivencia contra una menor de 18 años –continuado- y amenazas, en concurso real (arts. 45, 119 párrafo 3 y 4 incs. b y f, 55 a contrario sensu, 149 bis y 55 del CP) y solicitó al Tribunal que se lo declarara penalmente responsable por el hecho intimado y se le impusiera una pena de 12 años de prisión.
Luego de la deliberación, la jueza Barbero Becerra de Altamirano, vocal de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Río Tercero, condenó a C.C.G., a 10 años de prisión, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por el aprovechamiento de la relación de convivencia contra una menor de 18 años –continuado- y amenazas, en concurso real, tal como había sido pedido por el representante del MPF.
Finalmente cabe mencionar que el Tribunal fijó, para el próximo 2 de septiembre, la audiencia donde se darán lectura a los fundamentos del fallo.