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21/12/2016
El Fiscal de Instrucción de Lucha contra el Narcotráfico de la ciudad de Cruz del Eje, Raúl Ramirez, le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria a LYL –quien es madre de una niña de 12 años que posee un “leve retraso mental”- la se encuentra imputada por el delito de comercialización de estupefaciente agravado, a la que se le había dictado la prisión preventiva.
Si bien la Ley de Ejecución Penal (24.660) autoriza a conceder la prisión domiciliaria a la madre de un menor de cinco años y con discapacidad, dos circunstancias que en el caso no se presentan, ello no obstó a que -como facultad discrecional- igualmente se le haya concedido ese beneficio.
Para ello, el representante del MPF se basó en lo que obligan los instrumentos internacionales (especialmente la Convención de los Derechos del Niño) que consagra el principio del “interés superior del niño”, que priorizan el interés de los niños en todas las medidas concernientes a ellos que tomen las instituciones públicas y privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos.
De esta manera -sostuvo el fiscal-, con el otorgamiento del beneficio de la prisión domiciliaria a la imputada queda resguardado por un lado el interés superior del menor ya que podrá estar contenido por su madre y mantener el vínculo materno-filial, como asimismo asegurar los fines del proceso, ya que esta modalidad garantiza la presencia y el sometimiento de la imputada al futuro juicio.