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19/06/2024
Con fecha diecinueve de junio de dos mil veinticuatro, en los autos caratulados
“Antecedentes remitidos por Cámara Octava en lo Criminal y Correccional en autos
«Alarcón Javier Catriel y otros Homicidio calificado agravado, tramitados con conocimiento e intervención de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal Económico de 2º Nominación, el Fiscal de Instrucción en lo Penal Económico de 2º Nominación Franco Mondino dispuso:
I. Imputar a Jorge Ariel Galleguillo, por el delito de Violación de medios de prueba
en calidad de autor (arts. 45 y 255 del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1°
párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y
prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
II. Imputar a Walter Eduardo Soria, por el delito de Violación de medios de
prueba en calidad de autor (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art.
306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
III. Imputar a Enzo Gustavo Quiroga, por el delito de Violación de medios de
prueba en calidad de autor (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art.
306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
IV. Imputar a Sergio Alejandro González por el delito de Violación de medios de
prueba en calidad de autor (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art.
306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
V. Imputar a Javier Catriel Alarcón por el delito de Violación de medios de prueba
en calidad de autor (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1°
párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y
prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
VI. Imputar a Wanda Micaela Esquivel, por el delito de Violación de medios de
prueba en calidad de autora (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin la nombrada deberá ser fichada y prontuariada por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
VII. Imputar a Juan Antonio Gatica por el delito de Violación de medios de prueba
en calidad de autor (arts. 45 y 255, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1°
párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin la nombrada deberá ser fichada y
prontuariada por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
VIII. Imputar a Diego Norberto González por el delito de Abuso de Autoridad, en
calidad de autor, (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
IX. Imputar a Emmanuel Fachisthers por el delito de Abuso de Autoridad, en
calidad de autor, (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
X. Imputar a Natalia Soledad Márquez por el delito de Abuso de Autoridad, en
calidad de autora (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), y por el delito de Lesiones Leves Calificadas en abuso de su función por parte de miembro integrante de la fuerza policial (art. 89 en función de los arts. 92 y del 80 inc. 9° del C.P.) en calidad de autora, todos a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin la nombrada deberá ser fichada y prontuariada por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XI. Imputar a Melisa Janet Escalante, por el delito de Abuso de Autoridad, en
calidad de autora (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin la nombrada deberá ser fichada y prontuariada por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XII. Imputar a Ezequiel Henot, por el delito de Abuso de Autoridad, en calidad de
autor (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XIII. Imputar a Leonardo Alejandro Martínez, por el delito de Abuso de
Autoridad, en calidad de autor (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo
dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XIV. Imputar a Rodrigo Emmanuel Toloza, por el delito de Abuso de Autoridad,
en calidad de autor (arts. 45 y 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XV. Imputar a Gonzalo Leonardo Cumplido, por el delito de Encubrimiento por
omisión de denuncia agravado por la calidad funcional, por la gravedad del hecho
precedente y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones, en calidad de
autor (arts. 45, 277 inc. 1 ap. “d” y 3° aps. “a” y “d” y 279 inc. 3° del C.P.), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XVI. Imputar a Gonzalo Leonardo Cumplido, por el delito de Admisión de dádiva,
en calidad de autor (arts. 45 y 259, párr. 1°, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XVII. Imputar a Alfonso Fernando Mosquera, por el delito de Presentación u
ofrecimiento de dádiva, en calidad de autor (arts. 45 y 259, párr. 2° del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XVIII. Imputar a Lucas Sebastián Mezzano, por el delito de Presentación u
ofrecimiento de dádiva, en calidad de partícipe necesario (arts. 45 y 259, párr. 2°, del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.
XIX. Imputar a Víctor Rubén Di Stéfano, por el delito de Abuso de Autoridad, en
calidad de autor (art. 248 -tercer supuesto- del CP), a tenor de lo dispuesto por el art. 306, 1° párrafo, del Código Procesal Penal, a cuyo fin el nombrado deberá ser fichado y prontuariado por la División Documentación Personal de la Policía de Córdoba.